FUERO SINDICAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS
La constitución de 1991 en su artículo 39 consagra el Derecho de Asociación Sindical para todos los trabajadores y empleadores sin excluir a los Empleados Públicos, por el contrario, le dio consagración constitucional al derecho que les reconocía la ley y amplió las garantías para su ejercicio, al no excluirlos del derecho al fuero sindical.
Desarrollo jurisprudencial
La corte constitucional dentro de su jurisprudencia ha desarrollado tres temas fundamentales.
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